La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda interpuesta por INTERNATIONAL AGRITECH SUPPLIES LLC contra la EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL AGROPATRIA, S.A. por incumplimiento de contratos de suministro de semillas. La demandante solicitó el cumplimiento de los contratos y el pago de las cantidades adeudadas, argumentando que había cumplido con sus obligaciones contractuales y que la demandada no había realizado los pagos correspondientes.
Extracto de la motiva
Por lo tanto, este Órgano Jurisdiccional, siempre orientado a garantizar la tutela judicial efectiva y de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual el Juez podrá “(…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes (…)”; considera necesario, en este caso concreto requerir a la EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL AGROPATRIA, S.A., la remisión en copias certificadas, del expediente debidamente foliado, donde repose toda la información, trámites, antecedentes administrativos, actas, informes y demás detalles de ejecución, sobre cada uno de los contratos de compra venta internacional “(…) contratos de suministro identificados como CJ-AGROP-SUM-015-2016 y CJ-AGROP-SUM-016-2016 (…)”, ambos de fecha 8 de diciembre de 2016, que tenían por objeto el suministro, transporte y aseguramiento de semillas: el primero de ellos, referido a setenta mil trescientas (70.300) libras de “(…) semillas de Cebolla (Allium Cepa), discriminadas en las FACTURAS PROFORMAS Nros. 038E/16 y 035E/2015 de fechas 05 y 30 de septiembre de 2016, respectivamente; y el otro, por el suministro de semillas de Pimentón y Patilla (…) discriminadas en la FACTURA PROFORMA Nro. 043/2016, de fecha 31 de agosto de 2016 (…)”. (Sic). (Destacados del original).
Dispositiva
ORDENA oficiar al Presidente o Representante legal de la EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL AGROPATRIA, S.A., y al MINISTRO DEL PODER POPULAR DE AGRICULTURA URBANA; a fin de que remitan a esta Sala, en copias certificadas, el expediente debidamente foliado donde repose toda la información, trámites, antecedentes administrativos, actas, informes y demás detalles de ejecución, sobre cada uno de los contratos de compra venta internacional.