La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por Pedro Daniel Gutiérrez Ramírez contra la Resolución Nro. 01-00-000662 del Contralor General de la República, que confirmaba su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por seis años. La decisión se fundamentó en la falta de procedimiento administrativo previo y en la insuficiencia de motivación del acto impugnado, alegaciones que fueron desestimadas por la Sala, considerando que la sanción se ajustó a la normativa vigente y a la gravedad de las irregularidades cometidas por el demandante durante su gestión como Gerente de Administración del Instituto Merideño de Desarrollo Rural (IMDERURAL).
Extracto de la motiva
Que “(…) es innegable que por más discrecionales que resulten ser las potestades ejercidas por el órgano recurrido, la motivación de la decisión de inhabilitar a un administrado por un período en particular debería plasmar en el acto (…) los motivos por los cuales se impuso la sanción (…) [para así] permitírsele al administrado destinatario de los efectos del acto (…) [conocer] las razones que tuvo la administración para imponerle la sanción con esa ´particular ‘intensidad’ (…)”. (Agregado de la Sala). Que se está en presencia de una motivación defectuosa o insuficiente, vicio que implica “(…) la inidoneidad de los motivos expresados por la administración emisora del acto impugnado en apoyo a la decisión (…) defecto que ha sido (…) estudiado por la doctrina y por nuestra jurisprudencia y ha sido catalogada como ‘motivación escasa o insuficiente’ la cual afecta uno de los elementos esenciales de validez del acto administrativo como lo es su causa (…)”. (Resaltado del texto). Que lo manifestado en el acto recurrido “(…) no constituye motivación suficiente para dar con las razones por las cuales la administración ‘escogió’ un período como el de los seis (6) años, cuando debió referirse a las atenuantes, agravantes, y a aspectos como el hecho de que el período de prestación de servicios públicos dentro del cual se suscitaron los hechos que motivaron la declaratoria de responsabilidad administrativa fue poco más de tres (3) meses (…)”.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la demanda de nulidad ejercida por el ciudadano PEDRO DANIEL GUTIÉRREZ RAMÍREZ, contra la Resolución Nro. 01-00-000662 dictada el 20 de noviembre de 2017 por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, por la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto y en consecuencia, confirmó la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de seis (6) años, contenida en la Resolución Nro. 01-00-000008 de fecha 07 de enero de 2016.
Palabras clave
nulidadinhabilitaciónfunciones públicasresponsabilidad administrativa