Sentencia N° 814 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de diciembre de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00814, Exp. 2022-0321, 08/12/2022
Expediente2022-0321
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-12-08
DecisiónParcialmente con lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00814, declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Weatherford Latín América, S.C.A. contra la Resolución Administrativa Nro. ACDU-004-2018-09, ratificando la validez de las diferencias de impuesto para los ejercicios fiscales 2014 a 2018, pero anulando el reparo fiscal para los ejercicios 2012 y 2013. La decisión se fundamenta en la prescripción de la potestad de fiscalización del Municipio La Cañada de Urdaneta para esos años, así como en la falta de competencia del funcionario que emitió la resolución impugnada.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala conocer del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la contribuyente, contra la sentencia definitiva Nro. 022-2022, dictada por el Tribunal remitente en fecha 31 de marzo de 2017, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar por la sociedad mercantil Weatherford Latin América, S.C.A. En tal sentido, vista la declaratoria contenida en la decisión apelada, así como los alegatos formulados en su contra por la representación judicial de la aludida contribuyente y la contestación del referido Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, la controversia de autos se circunscribe a determinar si el a quo incurrió en los vicios de: i) Incongruencia negativa y consecuencialmente “Violación del debido proceso y al derecho a la defensa derivada del silencio de pruebas e inactividad procedimental y probatoria tanto del tribunal a quo, esto es, como de los órganos que conforman la Administración Tributaria del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia”. ii) Vicio de falso supuesto “respecto a la prescripción de la potestad de fiscalización y determinación de impuestos a favor del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia para el ejercicio fiscal 2014”. iii) Incompetencia “Vicio de falso supuesto por incompetencia manifiesta al haber sido emitida por un funcionario incompetente”. iv) Vicio de falso supuesto por “violación del procedimiento legalmente establecido al asegurar que el ente exactor realizó la determinación sobre base cierta”. v) Vicio de falso supuesto “en relación a la lesión del derecho a la igualdad de trato en la imposición del Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio La Cañada de Urdaneta del IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 21 de 47 Estado Zulia, así como la injustificada sobreimposición por medio de una alícuota especial transitoria”. vi

Dispositiva

Se confirma la validez de las diferencias contenidas en el acto administrativo para los ejercicios fiscales 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018 y se anula el reparo fiscal para los ejercicios 2012 y 2013.

Palabras clave

Contencioso TributarioImpuesto sobre Actividades EconómicasPrescripciónWeatherfordMunicipio La Cañada de Urdaneta

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