La sentencia se refiere a un recurso de apelación interpuesto por la abogada Dalia C. Rojas en representación del Fisco Nacional contra una decisión del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario. Se analiza la situación tributaria de la sociedad GRAPHO-FORMAS PETARE, C.A., en relación con sanciones impuestas por el SENIAT. La Sala Político-Administrativa ordena oficiar al SENIAT para que informe sobre el estado de las obligaciones tributarias de la compañía actora.
Extracto de la motiva
Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología, y los servicios de información como elementos de interés público, destacando el deber del Poder Público -y concretamente de los órganos jurisdiccionales- de valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en consecuencia a dictar la Resolución Nro. 2021-0011 de fecha 9 de junio de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante esta Sala Político-Administrativa. Ello así y, visto que los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 3 de la Resolución en comento, consagran la posibilidad de practicar las citaciones y notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio que utilice tecnologías de la información y la comunicación, este Máximo Tribunal con miras a procurar la mejora continua del servicio de administración de justicia, ordena efectuar un análisis de las actas que conforman el expediente de la causa, a los efectos de determinar si las partes cuentan o no con los medios telemáticos suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal.
Dispositiva
ORDENA oficiar al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), a fin de que informe a esta Sala Político-Administrativa, si con el pago efectuado por la sociedad de comercio antes identificadas, de fecha 3 de febrero de 2012, si se encuentran satisfechos los montos adeudados por las compañías actora al ente municipal recurrido para los períodos investigados.