El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 020/2011 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario. La controversia se centró en la exigibilidad del Certificado de Demanda Interna Satisfecha para la exportación de café, el cual no era aplicable en el momento de las actuaciones, ya que no estaba incorporado al Arancel de Aduanas vigente. Se declaró nulo el Acta de Comiso y el Acta de Entrega de la mercancía a la Corporación Venezolana Agraria, confirmando la sentencia de instancia en otros términos.
Extracto de la motiva
Examinado el fallo recurrido, los alegatos hechos valer en su contra por el apelante en representación del Fisco Nacional, así como las defensas invocadas por la sociedad mercantil Agropecuaria Carenero, C.A., juzga esta Sala que la presente controversia se contrae a resolver en torno al presunto vicio de falta de aplicación de los artículos 1, 3, 4 y 5 de la Resolución DM/N° 059 dictada el 22 de mayo de 2007 por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación (MINPAL), que acarreó la supuesta violación al derecho de seguridad alimentaria y a la garantía de la reserva legal por parte del a quo, así como acerca de la competencia de la “Gerencia General de Control Aduanero y Tributario”, adscrita al Despacho del Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), para dictar el Acta de Comiso N° SNAT/INA/GCA/2008-PA-01111 del 25 de febrero de 2008. Circunscrita así la litis, y visto que uno de los alegatos de la apelación versa sobre la competencia de la precitada Gerencia General de Control Aduanero y Tributario para dictar el acto de comiso impugnado, la cual resulta de orden público, esta Alzada luego de analizar la solicitud de la sociedad mercantil Agropecuaria Carenero, C.A. de que se desestime la apelación del Fisco Nacional, habrá de decidir lo relativo a dicha competencia, y posteriormente, de ser procedente ello, conocer en torno al presunto vicio de falta de aplicación de normativa legal, que conllevó a la denunciada violación del derecho a la seguridad alimentaria y a la garantía de la reserva legal. En este sentido, pasa la Sala a decidir en los siguientes términos: ...
Dispositiva
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el FISCO NACIONAL contra la sentencia N° 020/2011, dictada el 9 de junio de 2011 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, la cual se CONFIRMA en los términos expuestos en la presente decisión, vale decir, salvo en lo relativo al pronunciamiento que declaró la incompetencia de la funcionaria de Control Posterior del SENIAT para dictar el acta de comiso impugnada en el presente caso, punto este que se revoca. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
Contencioso TributarioCertificado de Demanda Interna SatisfechaComisoAgropecuaria CareneroFisco Nacional