La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió a favor de C.A. CENTRAL LA PASTORA, anulando las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo emitidas por el SENIAT, debido a la caducidad del procedimiento administrativo. Se determinó que las notificaciones de las resoluciones fueron realizadas fuera del plazo legal establecido, lo que invalidó los actos administrativos correspondientes. La sentencia confirma la decisión del Tribunal Quinto de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente.
Extracto de la motiva
motivada en el Acta ni en la Resolución. Multa por contravención según Artículo 97 del Código Orgánico Tributario. La Resolución recurrida impone a nuestra representada la multa por contravención de Bs. 39.514.743,00, con base a los reparos confirmados de Bs. 34.638.006,00, fijándola en el 105% de dicho monto, o sea el término medio del mínimo y máximo previsto en el mencionado Artículo 97 del Código Orgánico Tributario aplicable (1994), por considerar sin ningún análisis de las características de los reparo y de las circunstancias del caso, que no hay eximentes ni atenuantes que aplicar y además se incrementa el monto de la multa por el erróneo concepto de que existe la agravante de reiteración, en virtud de que las diferencias corresponden a varios períodos fiscales, no obstante que las supuestas infracciones se confrontaron en el mismo acto administrativo. (…) La multa es improcedente en virtud de la improcedencia de los reparos en los cuales se basa. En segundo lugar la cuantificación de la multa es improcedente, concurren en el caso no sólo circunstancias atenuantes sino eximentes de responsabilidad penal tributaria.(…)”. (Sic). (Negrillas de la fuente). (Agregados de la Sala). II FALLO APELADO Mediante sentencia definitiva Núm. 2385 del 31 de julio de 2017, el Tribunal Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al que correspondió el conocimiento de la causa previa distribución, declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por los representantes judiciales de la sociedad mercantil C.A., Central La Pastora, con fundamento en las consideraciones que se transcriben a continuación: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 15 de 27 “(...) Revisados los autos del expediente y analizados los argumentos expuestos por el contribuyente C.A. CENTRAL LA PASTORA, en su escrito recursorio, así como los argumentos invocados por el representante de la República Bolivariana de Vene
Dispositiva
Se ANULAN las Resoluciones Culminatorias Nos. SAT-GTI-RCO-600-S-2011-0353 y SAT-GTI-RCO-600-S-2001-0354, ambas de fecha 18 de septiembre de 2001, dictadas por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del SENIAT.
Palabras clave
Contencioso TributarioSENIATCaducidadImpuesto al Consumo SuntuarioImpuesto al Valor Agregado