Sentencia N° 2945 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de diciembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02945, Exp. 2000-0503, 20/12/2006
Expediente2000-0503
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-12-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la sentencia del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el Banco Mercantil C.A. S.A.C.A. contra resoluciones del Fisco Nacional. Se discuten reparos por ingresos gravables obtenidos por bonos cero cupón y pérdidas en cambio. La Sala determina que la exoneración de impuestos no aplica a los ingresos por bonos cero cupón y que la deducción por pérdida en cambio es procedente, confirmando la nulidad de la resolución que la rechazaba.

Extracto de la motiva

Para decidir la Sala observa que, por efecto de las apelaciones interpuestas y de la sentencia recurrida que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario, la controversia se circunscribe sobre una cuestión de previo pronunciamiento relacionado con el supuesto error de interpretación fundamentado en el alegato de incompetencia del funcionario que suscribió la resolución impugnada, denuncia que de ser resuelta sin lugar permitirá a esta Máxima Instancia decidir acerca de los reparos formulados a la contribuyente, por concepto de ingresos gravables, de bonos cero cupón, pérdida en cambio no procedente y pérdida no traspasable en materia de impuesto sobre la renta. ... La Sala analiza la normativa aplicable al caso. El 16 de agosto de 1994, se publica en la Gaceta Oficial Nº 35.525 el Decreto Nº 310 que crea el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) y ordena la reestructuración y fusión en dicho Servicio de la Dirección General Sectorial de Rentas y Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA). Luego, el 30 de septiembre de 1994 se publica en la Gaceta Oficial No. 35.558, el Decreto Nº 363 contentivo del Estatuto Reglamentario del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), que establecía: “Artículo 12: Hasta tanto se dicte la normativa correspondiente a las atribuciones y competencias y sean estructuradas las áreas funcionales y unidades administrativas que conforman el SENIAT, los actuales niveles normativos de las administraciones tributaria y aduanera fusionadas en el Servicio, así como las Administraciones Regionales de Hacienda, los Sectores y las Unidades, las Aduanas Principales y Subalternas conservarán las atribuciones y competencias que les corresponda, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.”.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las apelaciones interpuestas por los representantes judiciales del Fisco Nacional así como de la contribuyente Banco Mercantil C.A. S.A.C.A.; por tanto, se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de fecha 25 de febrero de 2000, en los términos aquí expuestos y en consecuencia: 1. Firme la declaratoria de nulidad del tribunal a quo de la Resolución NºHCF-PEFC-SA-00962 de fecha 20 de octubre de 1994 emitida por la Dirección de Control Fiscal de la Dirección General Sectorial de Rentas del Ministerio de Hacienda. 2. Se confirma la revocatoria parcial la Resolución Nº 00992 de fecha 7 de noviembre de 1994, emitida por la Administración Regional de Hacienda de la Región Capital, para los ejercicios fiscales 1990, 1991 y 1992, en cuanto a la nulidad del reparo formulado para el ejercicio fiscal 1991 por concepto de Pérdida en Cambio no Procedente; se declaran procedentes los reparos formulados a los ejercicios 1990 y 1991 por concepto de Ingresos Gravables provenientes de Bonos Cero Cupón y parcialmente con lugar el reparo formulado al ejercicio 1992 por concepto de Pérdida No Traspasable en los términos establecidos en la sentencia.

Palabras clave

contencioso tributariobonos cero cupónpérdida en cambioexoneración de impuestosFisco NacionalBanco Mercantilresoluciones administrativas

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