La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el desistimiento tácito del recurso de interpretación interpuesto por Ramón Del Valle Vargas Marcano, respecto al artículo 12 de la Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de las cargas procesales relacionadas con el retiro y publicación del cartel de emplazamiento, lo que conlleva a la consecuencia jurídica de desistimiento según la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala pronunciarse con relación al retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento en el marco de un recurso de interpretación; y en este sentido, se observa que los artículos 80 y 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, disponen lo siguiente: “Cartel de emplazamiento Artículo 80. En el auto de admisión se ordenará la notificación de los interesados, mediante un cartel que será publicado en un diario que indicará el tribunal, para que comparezca a hacerse parte e informarse de la oportunidad de la audiencia de juicio. El cartel será librado el día siguiente a aquél en que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas. En los casos de nulidad de actos de efectos particulares no será obligatorio el cartel de emplazamiento, a menos que razonadamente lo justifique el tribunal”. “Lapso para retirar, publicar y consignar el cartel Artículo 81. El demandante deberá
Dispositiva
Declara el DESISTIMIENTO TÁCITO del recurso de interpretación intentado por el ciudadano RAMÓN DEL VALLE VARGAS MARCANO, respecto al contenido y alcance del ARTÍCULO 12 de la LEY DE REFORMA PARCIAL DEL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS.
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