La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Luis Abelardo Velásquez contra la resolución de la Contraloría General de la República que confirmó su responsabilidad administrativa. La Sala determinó que los hechos imputados eran distintos a los que habían sido objeto de un fallo anterior y que la prescripción alegada por el recurrente no era procedente, dado que el cómputo del tiempo para la prescripción comenzaba a contar desde la fecha de cesación en el cargo del demandante.
Extracto de la motiva
Pasa esta Sala a pronunciarse respecto al mérito del asunto sometido a su consideración, y en tal sentido observa: 1.- Respecto a la denunciada prescripción de la acción, alega el recurrente que los hechos imputados ocurrieron entre el 15 de marzo y 28 de agosto de 1984, y que el auto confirmatorio de la declaratoria de responsabilidad administrativa se dictó el día 4 de agosto de 1987, siendo que desde esta última fecha, hasta la notificación del referido acto, el 13 de junio de 1994, transcurrió más del tiempo requerido para que operase la prescripción. Por su parte, la representante de la Contraloría General de la República adujo la improcedencia del anterior alegato, toda vez que del expediente administrativo se desprende que para el momento en que la Administración Contralora inició y concluyó la averiguación administrativa, estaba en vigencia la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, según la cual el lapso para la prescripción de la acción comenzó a correr el día 30 de agosto de 1988, fecha en la que el impugnante cesó en el cargo que ejercía; por tanto, para el día 14 de agosto de 1987, fecha en la cual la Dirección de Averiguaciones Administrativa de la Contraloría General de la República dictó el auto de responsabilidad administrativa, no había comenzado a transcurrir el lapso de cinco (5) años previsto en el artículo 102 eiusdem.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad intentado por el ciudadano LUIS ALBERTO VELASQUEZ, contra el acto contenido en la Resolución S/N de fecha 23 de marzo de 1994, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, por medio del cual se confirmó la declaratoria de responsabilidad administrativa dictada por la Dirección de Averiguaciones Administrativas de la Dirección General de los Servicios Jurídicos en fecha 4 de agosto de 1987 en contra del referido ciudadano.