Sentencia N° 2000 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de diciembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 02000, Exp. 2007-0569, 12/12/2007
Expediente2007-0569
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-12-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la Contraloría General de la República contra un auto que admitió un recurso contencioso administrativo de nulidad. La apelación se basó en la consideración de que el oficio recurrido no era un acto administrativo en sentido estricto, sino una mera respuesta a una consulta. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que el recurso era inadmisible y revocó el auto apelado, declarando con lugar la apelación.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación ejercida por la representación judicial de la Contraloría General de la República, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 12 de julio de 2007 que admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto. Al respecto, se observa: El aparte cuarto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, establece: “(…) El Juzgado de Sustanciación decidirá acerca de la admisión o inadmisibilidad de la demanda o recurso, mediante auto motivado, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo del expediente. Del auto por el cual se declare inadmisible la demanda, recurso o solicitud, podrá apelarse por ante la Sala respectiva, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. (…)” (Negrillas de la Sala). La norma antes transcrita establece el recurso de apelación cuando se declare inadmisible la demanda, el recurso o solicitud, lo cual, por argumento en contrario, implica que si lo decidido por el Juzgado de Sustanciación ha sido admitir la acción propuesta, no habría lugar a apelar de ese pronunciamiento. Sin embargo, esta Sala teniendo en cuenta la especialidad del procedimiento contencioso administrativo, se ha pronunciado afirmativamente en torno a la posibilidad de apelar del auto que admite el recurso.

Dispositiva

1) CON LUGAR la apelación ejercida por las apoderadas judiciales de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala en fecha 12 de julio de 2007, mediante el cual admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada, conforme a lo previsto en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, por la representación judicial del ciudadano WUILMER OCTAVIO NIETO FLORES, contra el oficio N° 08-01-1386 del 13 de octubre de 2006, emanado del Director de Determinación de Responsabilidades de ese Órgano Contralor. En consecuencia, se REVOCA el auto apelado. 2) INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadmedida cautelarContraloría Generalsancióninhabilitaciónderecho a la defensa

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