La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por Aura de las Mercedes PACHECO BRICEÑO, quien pretendía ser declarada única beneficiaria de prestaciones de antigüedad y otros emolumentos laborales tras el fallecimiento de su hija. La Sala fundamenta su decisión en que la solicitante ya había obtenido un pronunciamiento judicial sobre su pretensión, lo que hace innecesario el avocamiento. Además, se establece que la solicitud no afecta gravemente el interés general o público.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la solicitud de avocamiento no transciende ni afecta gravemente el interés general o público, ni perturba la paz social o genera un estado de zozobra o conmoción en un grupo social determinado directamente interesado en la solución del conflicto. Aunado a lo anterior, esta Sala advierte por notoriedad judicial que el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 11 de marzo de 2009 dictó sentencia de fondo en la causa principal y ordenó el pago a la accionante de lo que correspondía a la funcionaria fallecida por concepto de prestación de antigüedad, con inclusión del pago de los Intereses de mora que generen dichas prestaciones. Contra el referido fallo se ejerció recurso de apelación, el cual se encuentra en estado de sentencia según lo informado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en el oficio número 2011-7000 del 03 de noviembre de 2011.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político–Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento, ejercida por la abogada Aura de las Mercedes PACHECO BRICEÑO, actuando en su nombre, referida a que se le declare “única beneficiaria de prestaciones de antigüedad y otros emolumentos laborales”, con motivo del fallecimiento de su hija. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.