La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 01534, en la que se ordena notificar a la Junta Liquidadora del Consejo Bancario Nacional para que manifieste su interés en el presente asunto. Esta decisión se fundamenta en la liquidación del Consejo Bancario Nacional, que fue aprobada en su Asamblea General Ordinaria. La Sala considera necesario verificar el interés procesal de la parte recurrente en el caso, dado el contexto de la liquidación del ente demandante.
Extracto de la motiva
Tal como se señaló en la parte narrativa de la presente decisión en fecha 29 de mayo de 2012, se ordenó notificar al Consejo Bancario Nacional, en la persona de su representante legal, para que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación manifestara su interés en la decisión del presente asunto; no obstante visto el Oficio remitido por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, mediante el cual informa que se ordenó la liquidación de dicho Consejo, mediante la Asamblea General Ordinaria realizada con ocasión de la discusión de la memoria y cuenta correspondiente a la gestión del año 2010, esta Sala juzga procedente ordenar la notificación de la citada Junta Liquidadora a objeto de verificar el interés procesal de la parte recurrente en el presente caso. En ese sentido, se advierte que según información disponible en la página web http://www.cbn.org.ve, destinada al espacio de las publicaciones oficiales del Consejo Bancario Nacional, la señalada Junta Liquidadora se encuentra integrada por: Presidente: Víctor Vargas Irausquín, Primer Vicepresidente: Miguel Ignacio Purroy, Segundo Vicepresidente: Nerio Rosales y Directores: Víctor Gill Ramírez, Raúl Baltar Estéves, Michel Goguikian, Jorge Luis Nogueroles, Héctor Mantellini y Pedro Almoguera, los cuales conformaron la Junta Directiva de dicho Consejo designada en el año 2010. De manera que tomando en cuenta lo expuesto, se acuerda notificar a la Junta Liquidadora del Consejo Bancario Nacional en la persona de su Presidente, para que en un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación manifieste su interés en la decisión del presente asunto, con expresa constancia de que de no comparecer en el lapso mencionado se declarará el decaimiento del recurso, conforme al criterio reiterado en la materia por la Sala (Vid. entre otras decisiones las Sentencias Nros. 00914, 00146, 00271, 00339 y 01431 de fechas 29 de septiembre de 2010, 3 de febrero, 2 y 16 de marzo, así como del 2 de noviembre de 2011, casos: Manuel de Meneses Andrade, Berkotex, C.A., Resimon, C.A., Roger José Izquierdo Jiménez y Beco Sucesora de Blohm & Co, respectivamente). Así se decide.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA notificar a la Junta Liquidadora del Consejo Bancario Nacional, en la persona de su Presidente, para que en un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación manifieste su interés en la decisión del presente asunto. Notifíquese al Procurador General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.