Sentencia N° 1333 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de octubre de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 01333, Exp. 2008-0732, 29/10/2008
Expediente2008-0732
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-10-28
DecisiónDeclina

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Cojedes, ambos declarando su incompetencia para conocer de una demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala, al no tener un tribunal superior común, declina la competencia a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

En el presente caso ha sido remitido a esta Sala para su conocimiento, un conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, los cuales se declararon incompetentes para conocer de la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta contra el Municipio Rómulo Gallegos del Estado Cojedes. Ahora bien, como puede observarse los tribunales involucrados en el conflicto no tienen un tribunal superior común, ante lo cual se hace necesario traer a colación la sentencia No. 24, dictada por la Sala Plena de este Máximo Tribunal en fecha 26 de octubre de 2004, la cual dispuso que los conflictos de competencia que se presenten entre tribunales de distintas “jurisdicciones” sin un superior común deben ser conocidos por esa Sala. (Vid., también recientemente sentencia de la Sala Plena N° 108 del 14 de agosto de 2008.) Con fundamento en los criterios jurisprudenciales antes mencionados, y visto que los Tribunales involucrados en el conflicto de competencia bajo examen no poseen un Tribunal superior común a ellos, esta Sala resulta incompetente para conocer y decidir el conflicto planteado, por corresponderle a la Sala Plena de este Máximo Tribunal, a la cual se declina. Así se declara.

Dispositiva

Por los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA en la SALA PLENA DE ESTE TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, la competencia para conocer el conflicto negativo de competencia planteado en la tramitación de la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoaran los ciudadanos ARNALDO JOSÉ PINTO MELÉNDEZ, ADILIA TERESA GONZÁLEZ CONTRERAS y GERÓNIMO ANTONIO OCHOA LEÓN, contra el MUNICIPIO RÓMULO GALLEGOS DEL ESTADO COJEDES. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente a la Sala Plena y copia de la presente decisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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