La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados de DARYNG AXEL DÍAZ contra la Resolución N° DG-002687 del 18 de julio de 2007, que lo pasó a retiro por medida disciplinaria. La Sala fundamentó su decisión en la confirmación del acto administrativo por silencio administrativo y en la falta de violación de los derechos a la defensa y debido proceso alegados por el recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el recurrente fue notificado del procedimiento administrativo y tuvo la oportunidad de ejercer su defensa. Se concluye que la Administración Militar actuó dentro de sus competencias al investigar los hechos y que el acto administrativo impugnado está debidamente motivado, por lo que se desestiman las denuncias de inmotivación y violación de derechos.
Dispositiva
Con base en los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Eusebio Azuaje y José Luis Ramírez, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano DARYNG AXEL DÍAZ, ya identificados, contra la Resolución N° DG-002687 de fecha 18 de julio de 2007 dictada por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, mediante la cual decidió pasar a retiro por medida disciplinaria al recurrente en su condición de Teniente de la Guardia Nacional adscrito a la Dirección de Resguardo Nacional. En consecuencia, queda FIRME el referido acto.
Palabras clave
recurso contencioso administrativonulidadderecho a la defensadebido procesomedida disciplinaria