Sentencia N° 1129 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de agosto de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01129, Exp. 2008-0303, 11/08/2011
Expediente2008-0303
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-08-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 01129, confirma la decisión del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Inversiones Silcam, C.A. La controversia se centró en la legalidad de las multas impuestas por incumplimiento de deberes formales relacionados con la emisión de documentos fiscales. La Sala determinó que la contribuyente no desvirtuó las actas fiscales que evidencian su obligación de emitir facturas y comprobantes por sus actividades comerciales.

Extracto de la motiva

Del contenido del acto recurrido, de las alegaciones en su contra, expuestas por la empresa recurrente; y de las observaciones, consideraciones y alegaciones de la Representante del Fisco Nacional; este Tribunal delimita la controversia a tener que decidir sobre la legalidad de las multas que han sido impuestas por incumplimiento del deber formal de: 1. No emitir facturas, comprobante fiscal y/o documentos equivalentes por sus ventas y/o por la prestación de servicios. 2. No llevar las Relaciones de Compras y Ventas del I.V.A. en más de un período de imposición. 3. No exhibir en lugar visible de su oficina o Establecimiento el Registro de Información Fiscal. 4. No tener la Declaración Definitiva de Rentas Visible. 5. Por la presentación extemporánea de las Declaraciones Informativas de I.V.A. Advierte el Tribunal que antes debe pronunciarse sobre el vicio de falso supuesto que, en criterio de la recurrente, afecta el acto recurrido. Así delimitada la litis el Tribunal pasa a decidir y al respecto, observa: Punto previo: Del vicio de falso supuesto. Sobre este aspecto invocado por los apoderados judiciales de la recurrente, se permite este Juzgador destacar algunos conceptos sobre el denominado vicio de falso supuesto. En razón de lo expuesto y acogiendo el criterio de la Sala Político-Administrativa, de la extinta Corte Suprema de Justicia, antes transcrito, este Juzgador analiza el alegato del falso supuesto, para determinar si el acto administrativo impugnado está afectado de ese vicio. En este análisis, observa el Tribunal que el hecho que configura el falso supuesto en el acto recurrido, según lo expuesto por la Representación Judicial de la contribuyente, radica en el señalamiento de la errónea interpretación de las autoridades tributarias de considerar que la empresa Inversiones Silcam, C.A. realiza actividades comerciales gravadas con el impuesto al valor agregado correspondientes a los períodos comprendidos desde septiembre 2003, hasta febrero 2005.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por la contribuyente INVERSIONES SILCAM, C.A., contra la sentencia Nº 0075/2007, dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se confirma de la sentencia apelada la multa referente a no emitir documentos que soportan las operaciones de ventas y/o prestación de servicios correspondientes a los períodos de imposición septiembre 2003 a febrero 2005. 2.- Conociendo en consulta, conforme a lo previsto en el artículo 72 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2008, declara: 2.1.- Que Procede la Consulta, respecto del mencionado fallo. 2.2.- Se revoca lo atinente a la improcedencia de las multas por i) No llevar las Relaciones de Compras y Ventas del impuesto al valor agregado, y ii) Presentar en forma extemporánea las declaraciones informativas del impuesto al valor agregado. 2.3.- Firme las multas por no exhibir en lugar visible el Registro de Información fiscal y las Planillas de Declaración Definitiva del impuesto sobre la renta.

Palabras clave

Contencioso TributarioMultasImpuesto al Valor Agregado

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