La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por Francisco José Guzmán, Secretario Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción (SUTIC), por no existir mora electoral. La Sala observó que el proceso electoral realizado en 2017 no había sido declarado nulo y que no se cumplían los requisitos necesarios para la admisión de la solicitud. Además, se determinó que la solicitud carecía de una narración suficiente de los hechos que justificaran la acción judicial.
Dispositiva
1.- INADMISIBLE la solicitud de convocatoria a elecciones realizada por el ciudadano Francisco José Guzmán, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.251.683, actuando en su alegada condición de Secretario Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción (SUTIC), asistido por el abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, por no existir mora electoral. 2.- INOFICIOSO emitir pronunciamiento respecto a la medida innominada.