Sentencia N° 192 — Sala Electoral del TSJ, 12 de diciembre de 2016

TSJ/SE, Sent. N° 192, Exp. 2016-000094, 12/12/2016
Expediente2016-000094
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2016-12-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) contra la convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores. Los recurrentes alegaron violaciones a sus derechos constitucionales a la participación y al sufragio, argumentando que la convocatoria excluía a delegados que debían participar según los Estatutos de la CTV. La Sala admitió el recurso y suspendió la convocatoria, considerando que la exclusión de ciertos delegados podría afectar la validez del proceso electoral.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral considera que la convocatoria impugnada no abarca a todos los delegados integrantes del Congreso Nacional Sindical señalados en el Artículo 18 de los Estatutos de la CTV. Igualmente, señalan que la referida Junta Transitoria de Conducción Sindical no sería un órgano previsto en tales Estatutos y sostienen que su designación podría interferir con el proceso electoral que, aparentemente, se encuentra en desarrollo a fin de elegir a las autoridades de dicha Confederación, todo lo cual evidencia la naturaleza electoral del recurso interpuesto, por lo que esta Sala Electoral declara su competencia para conocer la causa, de conformidad con el Numeral 2 del Artículo 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELÍAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO y RONSÁNGELA CASTELLANOS, en su invocado carácter de miembros del Comité Ejecutivo de la CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE VENEZUELA (CTV), contra la convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la CTV, publicada en el diario 'El Universal' el día 12 de noviembre de 2016, emanada de los Presidentes de FETRAMAZONAS, FETRAPURE, FETRARAGUA, FETRABERMÚDEZ, CTV-GUÁRICO, FETRACOJEDES, FETRANUEVA ESPARTA, FETRAMONAGAS, FETRASUCRE, FETRAVARGAS, FETRATÁCHIRA, FEDEUNEP, FETRACONSTRUCCIÓN, FETRAMAQUIPES, SUNEP-SAS, FETRASALUD, FETRAHARINA, FENAPRODO, FETRAENSEÑANZA y FETRATRUJILLO, a fin de designar una Junta Transitoria de Conducción Sindical. 2.- ADMITE el recurso interpuesto. 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, se suspende la convocatoria a la realización del VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la CTV pautado para el 12 de diciembre de 2016, hasta tanto se resuelva el fondo de la causa.

Palabras clave

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