La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por varios ciudadanos contra los actos de votación, escrutinio, proclamación y totalización de elecciones de la Caja de Ahorros del Poder Judicial (CAPOJUD) celebrados en septiembre de 2012. La Sala admitió el recurso pero declaró inadmisible la solicitud de amparo cautelar por caducidad, argumentando que el recurso fue presentado de manera extemporánea. La decisión se fundamentó en la falta de pruebas que justificaran la urgencia de la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
La parte recurrente solicitó amparo cautelar, argumentando que el material electoral utilizado en el proceso electoral estaba en riesgo de destrucción, lo que afectaría su derecho al sufragio. Sin embargo, la Sala consideró que no se verificaba la existencia de un riesgo inminente de violación de derechos constitucionales, lo que llevó a declarar sin lugar la solicitud de amparo cautelar. Además, se determinó que el recurso contencioso electoral fue interpuesto fuera del plazo establecido, lo que resultó en su inadmisibilidad.
Dispositiva
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. SEGUNDO: ADMITE el recurso contencioso electoral, con prescindencia del examen de la caducidad. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar. CUARTO: INADMISIBLE el presente recurso contencioso electoral, por caducidad del mismo.