Sentencia N° 187 — Sala Electoral del TSJ, 8 de diciembre de 2005
TSJ/SE, Sent. N° 187, Exp. 05-000035, 08/12/2005
Expediente05-000035
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2005-12-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia N° 113 del 11 de agosto de 2005, que ordena la restitución del ciudadano Ramón Camacho como Presidente de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Farmacéutica. Se evidencia un desacato por parte de los miembros de la Junta Directiva cuya elección fue anulada, quienes impidieron la toma de posesión del cargo por parte del Presidente restituido. La Sala impone multas a los responsables del desacato y ordena el inicio de un nuevo proceso electoral una vez que se realice la restitución.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto a la referida solicitud, para lo cual se observa: De la lectura realizada al referido escrito, se desprende que el objeto de la solicitud consiste, por una parte, en que esta Sala declare el desacato en que, según su opinión, se encuentran incursos los integrantes de la Junta Directiva, cuya elección fue anulada mediante sentencia número 113 del 11 de agosto de 2005, en la cual este órgano judicial declaró con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto en fecha 2 de mayo de 2005, y en consecuencia declaró nulo el acto dictado por el Consejo Nacional Electoral, contenido en el oficio número 0000181, de fecha 29 de marzo de 2005, mediante el cual estimó que las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no eran aplicables a las elecciones de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Farmacéutica. En esa misma oportunidad, esta Sala declaró nula la elección efectuada en fecha 30 de marzo de 2005, en la que resulto electa la Junta Directiva del referido instituto, ordenó la celebración de un nuevo proceso eleccionario siguiendo las pautas de la normativa en referencia y con estos fines, ordenó la restitución en la Directiva, de las personas que ejercían los cargos antes de la elección anulada en el fallo. El accionante, alegó la existencia de un desacato respecto al cumplimiento de dicho fallo, sobre la base de que los miembros de la Junta Directiva cuya elección fue anulada, a su vez integrantes en distintos cargos de la Junta Directiva restituida, no han permitido al ciudadano Ramón Camacho, tomar posesión del cargo de Presidente de la misma, cargo que desempeñaba en la Junta Directiva anterior a la anulada por esta Sala.
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud formulada por el abogado Jesús Ramón Durán, en representación del ciudadano Andrés Guitián, y en consecuencia declara: PRIMERO: Se ordena la ejecución forzosa de la sentencia número 113 del 11 de agosto de 2005, por lo que en consecuencia el ciudadano Ramón Camacho debe tomar posesión del cargo de Presidente de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Farmacéutica de manera inmediata y notificar de dicha situación a esta Sala Electoral el mismo día en que tome posesión del cargo. SEGUNDO: Una vez que el ciudadano Ramón Camacho tome posesión del cargo de Presidente de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Farmacéutica, en un plazo no mayor de diez días hábiles, debe iniciar el nuevo proceso electoral y en consecuencia, se considerará inexistente cualquier acto realizado por quienes detentan actualmente los cargos de Junta Directiva, dirigido a la realización del nuevo proceso electoral. TERCERO: Se impone MULTA por DESACATO a los ciudadanos ADOLFO SALAZAR, MARÍA TERESA FIERRO, DIANA HERNÁNDEZ, ROSA MARI LARTITEGUI y ARAMINTA MARÍN, en los términos señalados en la presente decisión.
Palabras clave
desacatoejecución forzosaJunta DirectivaInstituto de Previsión Farmacéuticaproceso electoralsentenciamultaderechos