Sentencia N° 181 — Sala Electoral del TSJ, 30 de noviembre de 2016

TSJ/SE, Sent. N° 181, Exp. 2016-000054, 30/11/2016
Expediente2016-000054
PonenteJHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-11-30
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la nulidad del registro de la Comuna El Nuevo Despertar de Hugo Chávez, tras la declinatoria de competencia del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo. El recurrente, actuando en nombre del Consejo Comunal San Francisco I, alegó irregularidades en el proceso electoral y solicitó amparo cautelar. La Sala aceptó la declinatoria de competencia y admitió parcialmente el recurso contencioso electoral, pero declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA proferida por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y, en consecuencia, DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado JUAN ERNESTO RONDÓN PÉREZ, ya identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Comunal San Francisco I, contra el acto administrativo de registro de la Comuna “El Nuevo Despertar de Hugo Chávez”, ante la Oficina de Registro de Taquilla Única del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales del Estado Portuguesa. SEGUNDO: ADMITE PARCIALMENTE el recurso contencioso electoral respecto de la denuncia de inelegibilidad recaída sobre los ciudadanos Jhonny Campero y Ana María Justiniano. TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dispositiva

PRIMERO: ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA proferida por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y, en consecuencia, DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado JUAN ERNESTO RONDÓN PÉREZ, ya identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial del Consejo Comunal San Francisco I, contra el acto administrativo de registro de la Comuna “El Nuevo Despertar de Hugo Chávez”, ante la Oficina de Registro de Taquilla Única del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales del Estado Portuguesa. SEGUNDO: ADMITE PARCIALMENTE el recurso contencioso electoral respecto de la denuncia de inelegibilidad recaída sobre los ciudadanos Jhonny Campero y Ana María Justiniano. TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

soberaníaderechosconstitucionalparticipacióncomunasjusticiaadministrativa

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