Sentencia N° 180 — Sala Electoral del TSJ, 14 de diciembre de 2009
TSJ/SE, Sent. N° 180, Exp. 09-000042, 14/12/2009
Expediente09-000042
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2009-12-14
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Nelson José Pineda Colmenares contra la Junta Electoral Municipal del Municipio Jiménez del Estado Lara. El recurso fue declarado desistido debido a que el recurrente no cumplió con la carga procesal de retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados dentro del plazo establecido. La Sala destacó la importancia de la celeridad procesal en los juicios contenciosos electorales.
Extracto de la motiva
Visto que se encuentra vencido el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los terceros interesados, esta Sala debe destacar que, con ocasión de la sanción de la nueva Ley Orgánica de Procesos Electorales, este órgano jurisdiccional a través de sentencia N° 147 de fecha 11 de noviembre de 2009, caso: Mariebe del Carmen Calderón Rodríguez, adaptó el proceso judicial previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a las peculiaridades del recurso contencioso electoral, señalando, expresamente respecto al emplazamiento de los terceros interesados, lo siguiente: Estima este órgano judicial que resulta necesario adaptar los plazos de emplazamiento a que se refiere el artículo 21, décimo primer aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, al principio de celeridad procesal que debe inspirar la tramitación del recurso contencioso electoral. En ese sentido, establece que el plazo único para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a que se refiere la señalada disposición será de siete (7) días de Despacho a partir de su expedición, y que, como lo ha establecido esta Sala Electoral, en caso de que se incumpla con esta carga procesal, se aplicará la consecuencia prevista en el aludido dispositivo.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso contencioso electoral ejercido por el ciudadano NELSON JOSE PINEDA COLMENARES contra la JUNTA ELECTORAL MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JIMÉNEZ DEL ESTADO LARA, por negarse a tramitar su postulación como candidato a Alcalde del referido Municipio, para el proceso electoral de noviembre de 2008. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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