Sentencia N° 168 — Sala Electoral del TSJ, 18 de noviembre de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 168, Exp. AA70-E-2013-000091, 18/11/2013
ExpedienteAA70-E-2013-000091
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-18
DecisiónADMITE la acción de amparo constitucional ejercida.

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional interpuesto por el abogado Otto Ricardo Malpica Rodríguez, en representación de ciudadanos que fueron excluidos como candidatos en un proceso electoral del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación. La acción se fundamentó en la revocación de las postulaciones por parte de la Comisión Electoral Nacional, alegando violaciones al derecho a la participación y al debido proceso.

Extracto de la motiva

El apoderado judicial de los accionantes inició su escrito señalando que '...la Comisión Electoral Nacional, emitió un Acto Administrativo donde se pronuncia en respuesta a ocho (8) impugnaciones a saber, presentadas contra las postulaciones presentadas por la plancha N°2. Por un grupo de Trabajadores y Trabajadoras de diferentes regiones del país. Indica el señalado Acto Administrativo que fue producido en fecha, 5 de noviembre de 2013 y, publicado en la cartelera del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación ‘SUNEP-ME’ el día 7 de Noviembre de 2013, en la sede principal de la organización sindical, (...) la cual manifiesta textualmente el pronunciamiento en su decisión, entre otros, 1... PRIMERO: CON LUGAR LOS RECURSOS DE IMPUGNACIÓN INTERPUESTOS/ SEGUNDO: SE REVOCA EL AUTO DE ADMISION DE LAS POSTULACIONES DICTADO EN FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2013 EN LO QUE RESPECTA A LAS POSTULACIONES: NOMINALES Y POR LISTA IDENTIFICADAS BAJO LA DENOMINAClÓN DE ‘PLANCHA DOS (2)’...'.

Dispositiva

Primero: COMPETENTE para decidir la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el abogado Otto Ricardo Malpica Rodríguez, antes identificado, actuando con el carácter de representante judicial de los ciudadanos Ramón Alberto Álvarez, Pablo Vidal Duarte y Rubén Jesús Andrade Cedeño, antes identificados, '...contra el acto administrativo emanado de la Comisión Electoral Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación ´SUNEP-ME´...', de fecha 5 de noviembre de 2013, mediante el cual revocó el auto de admisión de las postulaciones de los accionantes como candidatos en el proceso comicial celebrado en la referida organización sindical, cuyo acto de votación está fijado para el 19 de noviembre de 2013. Segundo: ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida. Tercero: ACUERDA medida cautelar y por consiguiente, se suspende el acto de votación fijado para el 19 de noviembre de 2013, en el Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación SUNEP-ME, hasta que sea resuelto el presente caso mediante sentencia definitiva.

Palabras clave

amparomedida cautelartutela judicialsindicatoselecciones

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca