Sentencia N° 116 — Sala Electoral del TSJ, 10 de julio de 2007

TSJ/SE, Sent. N° 116, Exp. 07-000017, 10/07/2007
Expediente07-000017
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2007-07-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos Hugo Manuel Díaz Milano, Luis Ernesto Zambrano y Aledy María Coll contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral. La decisión se basa en la falta de competencia del Consejo Nacional Electoral para convocar y celebrar asambleas seccionales, lo que constituye una usurpación de funciones. Se argumenta que la resolución impugnada adolece de vicios que afectan su validez, pero se concluye que no se evidencia un falso supuesto de hecho en la actuación del Consejo Nacional Electoral.

Extracto de la motiva

Es evidente que la actuación cumplida por la Comisión Electoral Nacional de convocar y celebrar una Asamblea Seccional para elegir la Comisión Electoral Seccional del Distrito Capital constituye un grave desconocimiento de la normativa que regula la naturaleza y el funcionamiento del Colegio Nacional de Periodistas, puesto que desconoce la estructura jerárquica territorial que posee dicho Colegio, en la cual como ya se ha dicho existen autoridades tanto a nivel nacional como a nivel seccional y, las cuales actúan cada una en el ámbito de su competencia. De igual forma, la actuación de la Comisión Electoral Nacional de convocar, celebrar y supervisar una Asamblea Seccional para elegir una Comisión Electoral Seccional constituye sin lugar a dudas una crasa usurpación de funciones de los órganos internos a nivel nacional y seccional que posee el Colegio Nacional de Periodistas y cuya actuación está regulada expresamente en las normas de carácter legal y sublegal dictadas hasta la fecha.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Electoral intentado por los ciudadanos HUGO MANUEL DÍAZ MILANO, LUIS ERNESTO ZAMBRANO y ALEDY MARÍA COLL, asistidos por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa Sánchez Estéves, contra la Resolución signada con el número 070131-011 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 31 de Enero de 2007, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela número 358 de fecha 14 de Febrero de 2007.

Palabras clave

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