Sentencia N° 715 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 715, Exp. 24-302, 19/12/2024
Expediente24-302
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2024-12-19
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por LUIS ANTONIO MUJICA ROSAS contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Nueva Esparta. La decisión se basa en que la demanda presentada supera la cuantía mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se establece que la cuantía debe exceder tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor para la fecha de interposición de la demanda.
Extracto de la motiva
Para la precitada fecha de interposición de la demanda, la moneda de mayor valor cotizada por el Banco Central de Venezuela era la Libra Esterlina del Reino Unido, cuya cotización oscilaba cada una en la cantidad de dieciséis bolívares con 61/100 céntimos (Bs. 16,61), la cual multiplicada tres mil veces por su valor (de conformidad con la ley) equivaldría a la cantidad de cuarenta y nueve mil ochocientos treinta bolívares con 00/100 céntimos (Bs. 49.830,00), por lo que se concluye, que en el caso sub iudice el monto de la demanda supera con creces la cantidad de tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, para el momento de interposición del escrito libelar, la cual es la cuantía mínima requerida para la admisibilidad del recurso de casación, razón por la cual, resulta forzoso para esta Sala, declarar inadmisible el recurso de control de la legalidad ejercido contra la sentencia del 18 de septiembre de 2023, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en virtud de ser recurrible en casación.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la representación judicial de la parte actora ciudadano LUIS ANTONIO MUJICA ROSAS., contra la sentencia dictada el 24 de enero del 2024, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.