Sentencia N° 693 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 693, Exp. 25-285, 15/12/2025
Expediente25-285
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2025-12-15
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, BLUE STAR AVIATION, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo que había declarado sin lugar los recursos de apelación. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que la sentencia impugnada era recurrible en casación, lo que limitaba la posibilidad de control de la legalidad. Además, se anuló el auto de admisión del recurso de control de la legalidad emitido por el Tribunal Superior.
Extracto de la motiva
Se desprende de la norma contenida en la disposición legal supra transcrita que el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata, en definitiva, de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada le corresponderá a este órgano jurisdiccional, anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, por mandato de la misma norma, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso a un lapso de preclusión de cinco (5) días hábiles, los cuales, de acuerdo con el criterio plasmado en sentencia N° 692 del 12 de diciembre de 2002, estableciendo que por tratarse de un recurso de naturaleza extraordinaria, aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público. Por tanto, esta Sala considera que la admisibilidad del recurso de control se restringe a situaciones en las cuales la violación o amenaza sea de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgreden el Estado de Derecho. Ahora bien, previo al pronunciamiento respecto a los requisitos de admisibilidad del presente recurso de control de legalidad, esta Sala observa que mediante auto de fecha 12 de mayo de 2025, el Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, con sede en Maiquetía, admitió el referido recurso, sin tomar en consideración que la admisión del señalado medio de impugnación le corresponde exclusivamente a esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por tal motivo, se declarará la nulidad parcial del mencionado auto in commento, solo con respecto a la admisión del recurso control de la legalidad. Así se declara.
Dispositiva
PRIMERO: ANULA el auto de admisión del recurso control de la legalidad del 12 de mayo de 2025; SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil BLUE STAR AVIATION C.A., contra la sentencia dictada el 23 de abril de 2025, por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, con sede en Maiquetía, la cual queda firme.
Palabras clave
control de legalidadrecursosjurisprudenciatrabajoadmisibilidadviolacionesorden público