Sentencia N° 523 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de diciembre de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 523, Exp. 23-039, 05/12/2023
Expediente23-039
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaAgraria
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-12-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por las abogadas Berky Guzmán Montesdeoca y Betty Beatriz Quevedo Lasala, en representación de la Asociación Civil Consejo Campesino José Leonardo Chirino, respecto a la causa Nro. 138-2022. La solicitud se fundamenta en presuntas violaciones al derecho a la defensa y al debido proceso en el contexto de una medida cautelar innominada de protección a la producción agroalimentaria y al ambiente, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Falcón.
Extracto de la motiva
motivada en un Informe de Inspección (…) el cual carece de ‘firma y sello’ (…)”. [Destacados del original y agregados de la Sala]. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 15 Indica que “En fecha 20/10/2022, el Tribunal de la causa declar[ó] SIN LUGAR la solicitud de reposición, haciendo una cronología de inspecciones, audiencias conciliatorias, mesas de trabajo realizadas, indicando que no ser vinculante el hecho que se hayan mencionado como perturbadoras a las ciudadanas VICENTA GONZALEZ, MARITZA CORTEZ y CECILIA ESPINOZA, expresando además que tiene facultad para
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento interpuesta por las abogadas Berky Guzmán Montesdeoca y Betty Beatriz Quevedo Lasala, actuando con el carácter de representantes legales de la ASOCIACIÓN CIVIL CONSEJO CAMPESINO JOSÉ LEONARDO CHIRINO.
Palabras clave
avocamientoderecho a la defensadebido procesoproducción agroalimentaria