Sentencia N° 2171 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 2171, Exp. 08-1927, 17/12/2008
Expediente08-1927
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-12-17
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Saúl Ramón Márquez contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Estado Bolívar. La sentencia de alzada había declarado parcialmente con lugar la demanda y desistido el recurso de apelación. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a la falta de formalización dentro del lapso legal establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso de veinte (20) días para formalizar el recurso más el término de la distancia (8 días), se concluye que éste venció el 24 de noviembre de 2008.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión publicada el 20 de octubre de 2008, por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casaciónformalizaciónperenciónLey Orgánica Procesal del Trabajojurisdicción laboralprincipio de legalidad