Sentencia N° 806 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de diciembre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 806, Exp. C15-371, 11/12/2015
ExpedienteC15-371
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-12-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula el auto dictado por la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de los acusados. Se argumenta que la Corte de Apelaciones no notificó personalmente a los acusados sobre su decisión, lo que constituye una violación de sus derechos y del debido proceso. La Sala determina que el plazo para interponer el recurso de casación debe contarse desde la notificación personal de los acusados, no desde la publicación de la sentencia.
Extracto de la motiva
La falta de notificación de los acusados JOSÉ ALBERTO SANTOS CRUZ, LESLIE NEREIDA ORTIZ y ALEXIS SÁNCHEZ, de la sentencia dictada por la que la Sala N° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 5 de agosto de 2015, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación propuesto por la defensa, constituye una causal de nulidad absoluta, conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece: Nulidades Absolutas. Artículo 175. Serán consideradas nulidades absolutas aquellas concernientes a la intervención, asistencia y representación del imputado o imputada, en los casos y formas que este Código establezca, o las que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales previstos en este Código, la Constitución de la República, las leyes y los tratados, convenios o acuerdos internacionales, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Se anula el auto dictado el 11 de septiembre de 2015, por la Sala N° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual se ordena la remisión de la causa a esta Sala de Casación Penal, así como el cómputo de los días de audiencia transcurridos. Se ordena la remisión del expediente a la mencionada Corte de Apelaciones, para que realice el traslado de los imputados JOSÉ ALBERTO SANTOS CRUZ, LESLIE NEREIDA ORTIZ y ALEXIS SÁNCHEZ, para su notificación personal de la decisión dictada por ese órgano jurisdiccional en fecha 5 de agosto de 2015 y efectúe un nuevo cómputo de días de despacho transcurridos desde la última notificación efectiva, a los fines de la interposición del recurso de casación.
Palabras clave
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