Sentencia N° 475 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de diciembre de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 475, Exp. C13-455, 26/12/2014
ExpedienteC13-455
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-12-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por el abogado José Ángel Añez Álvarez, defensor de Gustavo Linares Jaramillo, por falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones. Se determinó que la decisión de la Corte no analizó adecuadamente los elementos probatorios y no justificó su razonamiento, lo que llevó a la anulación de la sentencia impugnada y a la orden de un nuevo juicio. La Sala concluyó que la falta de motivación vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

En la presente denuncia, el recurrente alegó que la alzada para resolver el planteamiento de la primera denuncia del recurso de apelación por él interpuesto, inobservó lo estipulado en el artículo 364 (hoy 346) numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, considerando que el fallo recurrido está viciado por inmotivación total, ya que sólo, “(…) se limita a la repetición y transcripción literal de la sentencia definitiva de carácter condenatorio, (…) no contiene una motivación adecuada y suficiente (…)”. Previos a la resolución de la presente denuncia, esta Sala estima necesario determinar que, la referida denuncia fue admitida mediante decisión N° 133, del 6 de mayo de 2014, condicionada a las circunstancias siguientes: “(…) El recurrente, con fundamento en el ‘(…) artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal (…)’, denunció la violación de los artículos 456, 452 ordinal 2° y 364 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal hoy derogado y solicitó conforme a lo preceptuado en el artículo ‘(…) 467 del Código Orgánico Procesal Penal (…)’ también derogado, sea declarada con lugar la presente denuncia.

Dispositiva

PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado José Ángel Añez Álvarez, defensor privado del ciudadano acusado GUSTAVO LINARES JARAMILLO, en el proceso penal seguido en contra del referido ciudadano por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR ALEVOSÍA, tipificado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Bismaret José Torres Hernández. SEGUNDO: ANULA el fallo dictado el del 25 de septiembre de 2013, por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, así como, el fallo dictado el 18 de marzo de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del mismo Circuito Judicial. TERCERO: ORDENA remitir el expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, a fin de que otro Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio, celebre un nuevo juicio y dicte nueva sentencia, prescindiendo de los vicios que originaron la nulidad anterior.

Palabras clave

HomicidioCasaciónFalta de motivaciónTutela judicial efectiva

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