Sentencia N° 388 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de diciembre de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 388, Exp. A18-278, 07/12/2018
ExpedienteA18-278
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2018-12-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada María Francisca Peña Sánchez, en representación del ciudadano Nolberto Manuel Salas Cedeño, quien se considera víctima en un proceso penal. La solicitud se refiere a un caso que cursa ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, relacionado con delitos de forjamiento de documentos y modificación de linderos.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal observa que la solicitante no cumple con los requisitos de legitimidad para actuar en avocamiento, ya que no presentó un poder especial que le habilite para ello. Se concluye que la solicitud es inadmisible por falta de legitimación de la parte solicitante, lo que impide el examen de la solicitud de avocamiento.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por la abogada MARÍA FRANCISCA PEÑA SALAS.

Palabras clave

avocamientoinadmisiondelitosforjamiento de documentosmodificación de linderos

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