Sentencia N° 364 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 364, Exp. E18-276, 06/12/2018
ExpedienteE18-276
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2018-12-06
DecisiónProcedente

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, dictó una decisión sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano Carlos Alberto Moncada Aragón, quien fue condenado a seis años y seis meses de prisión por delitos de distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como por la introducción y circulación de monedas falsificadas. La solicitud fue motivada por la detención del ciudadano en el extranjero y se determinó que se cumplían los requisitos de procedencia para la extradición, incluyendo la no prescripción de la pena y la doble incriminación de los delitos en ambas jurisdicciones.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano CARLOS ALBERTO MONCADA ARAGÓN, titular de la cédula de identidad N° 14.974.186, a los Estados Unidos Mexicanos, para que cumpla con el tiempo de la pena que resta por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el encabezamiento del artículo 31 de la derogada Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, e INTRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE MONEDAS FALSIFICADAS, previsto en el artículo 300 del Código Penal, respectivamente. SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante los Estados Unidos Mexicanos, que el ciudadano CARLOS ALBERTO MONCADA ARAGÓN, cumplirá con el remanente de la pena impuesta por comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el encabezamiento del artículo 31 de la derogada Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, e INTRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE MONEDAS FALSIFICADAS, previsto en el artículo 300 del Código Penal, respectivamente, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano CARLOS ALBERTO MONCADA ARAGÓN, titular de la cédula de identidad N° 14.974.186, a los Estados Unidos Mexicanos, para que cumpla con el tiempo de la pena que resta por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el encabezamiento del artículo 31 de la derogada Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, e INTRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE MONEDAS FALSIFICADAS, previsto en el artículo 300 del Código Penal, respectivamente. SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante los Estados Unidos Mexicanos, que el ciudadano CARLOS ALBERTO MONCADA ARAGÓN, cumplirá con el remanente de la pena impuesta por comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el encabezamiento del artículo 31 de la derogada Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, e INTRODUCCIÓN Y CIRCULACIÓN DE MONEDAS FALSIFICADAS, previsto en el artículo 300 del Código Penal, respectivamente, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

extradiciónsustancias estupefacientesmonedas falsificadas

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