Sentencia N° 959 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de noviembre de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 959, Exp. 17-0953, 22/11/2017
Expediente17-0953
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto n.° 3.157, que prorroga el Estado de Excepción y Emergencia Económica en Venezuela. Se determinó que el Ejecutivo Nacional tiene la competencia para declarar y prorrogar estados de excepción, en virtud de las circunstancias extraordinarias que afectan la paz social y la seguridad de la Nación. La Sala reafirmó que cualquier acto de la Asamblea Nacional que intente desaprobar el decreto es nulo y carente de validez debido al desacato a las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La fundamentación jurídica, la cual expresa los dispositivos constitucionales y legales en que se basan las competencias que está ejerciendo el ciudadano Presidente de la República en Consejo de Ministros, entre los cuales se invocan los artículos 226 y 236, numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que se refieren a la acción de gobierno y a la facultad para dictar estados de excepción, sus prórrogas o aumentos del número de garantías restringidas, en concordancia con los artículos 337, 338 y 339 eiusdem, normas que a su vez fueron concatenadas con los artículos 2 al 7, 10, 17 y 23 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto n.° 3.157 del 10 de noviembre de 2017, publicado en la Gaceta Oficial n° 41.267 de esa misma fecha, mediante el cual se prorroga el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional (Decreto n° 3.074 del 11 de septiembre de 2017), dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el Orden Constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las Instituciones Públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República. 2.- La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto n.° 3.157 del 10 de noviembre de 2017, publicado en la Gaceta Oficial n.° 41.267 de esa misma fecha. 4.- NULO, INEXISTENTE E INEFICAZ cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica n.° 3.157 del 10 de noviembre de 2017, publicado en la Gaceta Oficial n.° 41.267 de esa misma fecha. 5.-Se REITERA que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo los acuerdos dictados y leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia. 6.- Se REITERA que las sentencias de la Sala Constitucional tienen carácter vinculante y efectos erga omnes, inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional. 7.- Se ordena la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

estado de excepciónemergencia económicaconstitucionalidadderechos humanospoder ejecutivocompetenciadecreto

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