Sentencia N° 938 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 938, Exp. 2016-1027, 04/11/2016
Expediente2016-1027
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2016-11-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara su competencia para conocer la solicitud de control previo de constitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016. Se establece que dicha ley fue dictada en desacato a decisiones judiciales previas, lo que lleva a la Sala a declarar su nulidad de oficio. La decisión se fundamenta en la necesidad de resguardar el orden público constitucional y la supremacía de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud de control previo de constitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, planteada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros. 2.- De oficio la NULIDAD del acto legislativo que sancionó la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y su contenido, por cuanto fue dictada en franco desacato de decisiones judiciales emanadas de este Máximo Tribunal de la República. En consecuencia, se ORDENA la publicación íntegra del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial, en cuyos sumarios deberá indicarse lo siguiente: “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declara nula la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, por cuanto fue dictada en desacato de decisiones judiciales emanadas de este Máximo Tribunal de la República”. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Remítase copia certificada del fallo al Presidente de la República, al Presidente de la Asamblea Nacional y a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). Cúmplase lo ordenado.

Dispositiva

Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud de control previo de constitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, planteada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros. 2.- De oficio la NULIDAD del acto legislativo que sancionó la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y su contenido, por cuanto fue dictada en franco desacato de decisiones judiciales emanadas de este Máximo Tribunal de la República. En consecuencia, se ORDENA la publicación íntegra del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial, en cuyos sumarios deberá indicarse lo siguiente: “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declara nula la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, por cuanto fue dictada en desacato de decisiones judiciales emanadas de este Máximo Tribunal de la República”. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Remítase copia certificada del fallo al Presidente de la República, al Presidente de la Asamblea Nacional y a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

telecomunicacionesconstitucionalidadasamblea nacionalnulidadregulación

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