Sentencia N° 824 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0824, Exp. 26-0987, 11/08/2026
Expediente26-0987
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2026-08-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del Decreto N.º 5.414, que declara el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional por un lapso de sesenta días. La decisión se fundamenta en la necesidad de adoptar medidas extraordinarias para proteger la economía del país ante las graves distorsiones provocadas por medidas coercitivas unilaterales. La Sala concluyó que el Decreto cumple con los principios de utilidad, proporcionalidad y necesidad establecidos en la Constitución.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que el Decreto N.º 5.414, que declara el Estado de Emergencia Económica, responde a la necesidad de adoptar medidas urgentes y excepcionales para mitigar los efectos negativos de las medidas coercitivas unilaterales que afectan la economía del país. Se destaca que el Ejecutivo Nacional tiene la responsabilidad de garantizar el desarrollo armónico de la economía y proteger a la población. La Sala también resalta que los estados de excepción son herramientas constitucionales que permiten al Estado actuar de manera efectiva ante situaciones de grave riesgo para la nación.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto N.º 5.414, de fecha 8 de agosto de 2026, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.° 7.066 Extraordinario de la misma fecha; mediante el cual la Presidenta Encargada de la República declara el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un lapso de sesenta (60) días. 2.- La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto N.º 5.414, del 8 de agosto de 2026, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.° 7.066 Extraordinario de la misma fecha; mediante el cual la Presidenta Encargada de la República declara el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un lapso de sesenta (60) días. 3.- Se ordena la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

estado de emergenciaconstitucionalidaddecretomedidas coercitivaseconomíaderechos humanospoder ejecutivocrisis económica

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