Sentencia N° 434 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 434, Exp. 12-0690, 07/04/2015
Expediente12-0690
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2015-04-07
DecisiónPerención y Extinción de la Instancia
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la perención y extinción de la instancia en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley de Servicio Voluntario del Estado Lara. La decisión se fundamenta en la falta de interés procesal de la parte actora, quien no compareció ante la Sala durante un año después de la admisión de la acción. Se argumenta que la inactividad procesal lleva a la extinción del proceso, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
En el presente caso, se pretende la declaratoria de nulidad la Ley de Servicio Voluntario del Estado Lara, sancionada por el Consejo Legislativo del Estado Lara y publicada en Gaceta Oficial del Estado Lara Ordinaria N°16.664 del 11 de abril de 2012, por cuanto –a decir de los recurrentes– el acto impugnado en general, viola el principio constitucional de la primacía de la realidad sobre las formas, el de legalidad presupuestaria y el de reserva legal, previstos en los artículos 89, 314 y 156, numeral 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, toda vez que –alegan- el referido Consejo legislativo, tal como lo plantea la Ley del Servicio Social Voluntario del Estado Lara, incurre en una simulación o fraude laboral, al pretender que una serie de individuos de una colectividad “voluntariado social”, previa certificación de credenciales, preste un servicio personal, bajo su supervisión y subordinación, con un horario y modalidad establecida sin el pago de remuneración alguna, sino sólo con la promesa de ingresar a la administración pública, lo cual no es viable por cuanto la vía de ingreso es a través de un concurso público de oposición, lo cual trae como consecuencia un daño patrimonial a la Gobernación del Estado Lara. Además, señalaron que su regulación constituye una invasión a las competencias del legislador nacional, al ser la materia del trabajo de reserva legal.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara la PERENCIÓN y LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada con ocasión de la acción de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar por los abogados ARVIS SEGUNDO CANELÓN y ANA LUISA ANGULO, contra la Ley de Servicio Voluntario del Estado Lara, sancionada por el Consejo Legislativo del Estado Lara y publicada en Gaceta Oficial del Estado Lara Ordinaria N°16.664 del 11 de abril de 2012. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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