Sentencia N° 1014 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de noviembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 1014, Exp. 16-1112, 25/11/2016
Expediente16-1112
PonenteCALIXTO ORTEGA RÍOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2016-11-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la nulidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, debido a que fue dictada en desacato de decisiones judiciales previas. Se argumenta que la Asamblea Nacional no cumplió con el procedimiento de formación de la ley, especialmente en lo que respecta a la consulta sobre el impacto económico de la misma, lo que la hace inconstitucional. La Sala exhorta a la Asamblea a realizar el acto formal de desincorporación de ciertos ciudadanos en respeto a los principios de legalidad y supremacía constitucional.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional reitera que en su condición de máxima y última intérprete de la Constitución debe garantizar la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, por lo que una legislación que se concrete en el desconocimiento del vértice normativo del ordenamiento jurídico de la República, conlleva como consecuencia la nulidad de todas las actuaciones que la contraríen; más aún cuando esta Sala ha reiterado pacíficamente que no existen actos de los órganos que ejercen el Poder Público que puedan desarrollarse al margen de la Constitución.

Dispositiva

Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud de control previo de constitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, planteada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros. 2.- La NULIDAD del acto legislativo que sancionó la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, por cuanto fue dictada en franco desacato de decisiones judiciales emanadas de este Máximo Tribunal de la República. 3.- Se ORDENA la publicación íntegra del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial, en cuyos sumarios deberá indicarse lo siguiente: “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declara nula la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, por cuanto fue dictada en desacato de decisiones judiciales emanadas de este Máximo Tribunal de la República”.

Palabras clave

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