Sentencia N° 331 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 331, Exp. 14-0132, 26/03/2015
Expediente14-0132
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-03-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ordenó a la Alcaldía del Municipio Maracaibo remitir copia certificada de la Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas, la cual no fue incluida en el expediente remitido por la Sala Político Administrativa. Esta decisión se fundamenta en la necesidad de contar con el documento para dictar una sentencia ajustada a derecho, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Ahora bien, visto que la remisión realizada por la Sala Político Administrativa de las copias del expediente en cuestión obedeció al hecho de dar cumplimiento al mandato establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala observa que es necesario solicitar a la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, la copia certificada de la Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas Comerciales, Industriales, de Servicios y de Índole Similar en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 02 de enero de 2004, la cual no consta en las actas remitidas por la Sala Político Administrativa, a fin de que esta Sala pueda dictar una sentencia ajustada a derecho, atendiendo a lo establecido en la parte in fine del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo cual se acuerda oficiar para que, una vez notificada de la presente decisión, remita tal instrumento normativo dentro del lapso de cinco (5) días, más ocho (08) días correspondientes al término de la distancia. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA oficiar a la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia para que, dentro de cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más ocho (08) días correspondientes al término de la distancia, remita a esta Sala copia certificada de la Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas Comerciales, Industriales, de Servicios y de Índole Similar en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 02 de enero de 2004. Publíquese, regístrese y cúmplase lo ordenado.