Sentencia N° 22 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 22, Exp. 04-0627, 20/01/2006
Expediente04-0627
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-20
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer el amparo constitucional interpuesto por Giorgio Di Muro Di Nunno contra CADAFE. Se determinó que la inacción prolongada del demandante, quien no actuó en el proceso desde el 22 de abril de 2004, constituyó abandono del trámite. La Sala declaró la terminación del procedimiento y se impuso una multa de cinco mil bolívares al demandante por entorpecer las labores del tribunal.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo expuesto, la Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la pretensión de amparo que incoó el ciudadano GIORGIO DI MURO DI NUNNO contra CADAFE y sus empresas filiales, el 16 de marzo de 2004. Se IMPONE al ciudadano Giorgio Di Muro Di Nunno una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos.