Sentencia N° 1859 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1859, Exp. 11-0836, 18/12/2014
Expediente11-0836
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-12-18
DecisiónContraria a Derecho
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara contraria a derecho la decisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, que desaplicó un fallo de la Corte de Apelaciones. La Sala establece que los delitos de tráfico de drogas de mayor cuantía no pueden beneficiarse de fórmulas alternativas de cumplimiento de pena hasta que se haya cumplido al menos tres cuartas partes de la misma. Además, se ordena la publicación de esta decisión en la Gaceta Oficial y en la página web del TSJ, con carácter vinculante para todos los jueces del país.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones, replantea el criterio sobre el control difuso de constitucionalidad, estableciendo que los delitos de tráfico de drogas de mayor cuantía son considerados de lesa humanidad y, por lo tanto, no pueden beneficiarse de fórmulas alternativas de cumplimiento de pena. Se enfatiza que la primacía de los derechos e intereses colectivos sobre los individuales es fundamental en la aplicación de la justicia penal. La decisión busca evitar la impunidad y garantizar el respeto a la Constitución y a los derechos humanos.
Dispositiva
1. CONTRARIA A DERECHO la decisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dictada el 17 de junio de 2011, en la que ejerció un errado control de la constitucionalidad del fallo dictado el 13 de mayo de 2011, por la Sala n.° 3 de la Corte de Apelaciones del señalado Circuito Judicial Penal. 2.- En aras del derecho a la tutela judicial efectiva y para evitar una justicia sin dilaciones indebidas, declara INOFICIOSA la reposición del proceso de ejecución de la pena impuesta al ciudadano ALDRIM JOSHUA CASTILLO LOVERA, la cual la habría cumplido el 01 de septiembre de 2014. 3.- ORDENA la publicación de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
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