Sentencia N° 1763 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de diciembre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1763, Exp. 15-1457, 30/12/2015
Expediente15-1457
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, dictado el 30 de diciembre de 2015. Se analizó la competencia de la Sala para emitir este pronunciamiento, en virtud de lo establecido en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que otorga a la Sala la facultad de controlar la constitucionalidad de las leyes orgánicas y decretos con rango de ley. La Sala concluyó que el Decreto en cuestión cumple con los requisitos para ser considerado orgánico, ya que regula aspectos fundamentales de la Procuraduría General de la República, incluyendo su organización, competencias y funcionamiento. Se destacó que la ley orgánica tiene un carácter preeminente en el sistema jurídico, lo que justifica la necesidad de su control constitucional previo. Finalmente, la Sala declaró la constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto, reafirmando su importancia en el marco normativo del país y su alineación con los principios constitucionales establecidos.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Constitucional determinar su competencia para pronunciarse acerca de la constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, dictada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela el 30 de diciembre de 2015, a tenor de la solicitud que fue planteada por el ciudadano Jorge Arreaza, en su carácter de Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, se observa que, de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a la Sala Constitucional corresponde determinar, mediante un control constitucional a priori, si revisten el carácter invocado '...las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas...'. En atención a tal disposición del Texto Fundamental, en concordancia con lo previsto en el numeral 14 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, según el cual corresponde a esta Sala Constitucional '...[d]eterminar, antes de su promulgación, la constitucionalidad del carácter orgánico de las leyes que sean sancionadas por la Asamblea Nacional, o de los decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley que sean dictados por el Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros...'. Ahora bien, en el caso de autos, el cuerpo normativo cuyo rango orgánico que debe ser analizado por esta Sala, a los fines de emitir tal pronunciamiento, es el Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, dictado por el ciudadano Presidente de la República, en Consejo de Ministros.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 25, numeral 14, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declara la CONSTITUCIONALIDAD DEL CARÁCTER ORGÁNICO DEL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, dictada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela 30 de diciembre de 2015. Publíquese y regístrese. Remítase copia certificada de la presente decisión al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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