Sentencia N° 1726 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1726, Exp. 09-0490, 10/12/2009
Expediente09-0490
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió en favor de Gonzalo Alfonso Chacón Rodríguez, revocando la sentencia del Juzgado Superior Segundo que había declarado parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Mayerling del Carmen Mora Jaimes. La Sala concluyó que el Juzgado de alzada no realizó un análisis exhaustivo de las pruebas y alegatos presentados, vulnerando así los derechos a la defensa y al debido proceso del accionante.
Extracto de la motiva
Establecido lo anterior, esta Sala procede a decidir en alzada la acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 9 de febrero de 2009, mediante la cual declaró sin lugar la apelación intentada por el ciudadano Gonzalo Alfonso Chacón Rodríguez (hoy accionante), contra la sentencia dictada el 26 de marzo de 2008, por el Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad de la misma Circunscripción Judicial y, en consecuencia, confirmó la sentencia apelada, que declaró parcialmente con lugar la demanda de desalojo interpuesta por la ciudadana Mayerling del Carmen Mora Jaimes, contra el ciudadano Gonzalo Alfonso Chacón Rodríguez. Ahora bien, aprecia esta Sala que el accionante fundamentó la acción de amparo constitucional en la supuesta infracción de los derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, previstos en los artículos 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Tal infracción se había producido, a su parecer, cuando el Juzgado accionado hizo un GRAVE Y ERRADO análisis de sus peticiones o pretensiones, ya que si hubiere analizado correctamente sus peticiones, hubiere anulado el fallo, del Tribunal de los Municipios Independencia y Libertad del Estado Táchira y no estuviera en estos momentos en estado de indefensión, al punto de ser desalojado, del inmueble objeto del litigio.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada María Fernanda Rondón Suarez, apoderada judicial de la ciudadana Mayerling del Carmen Mora Jaimes. SEGUNDO: REVOCA, el fallo dictado, el 7 de abril de 2009, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo interpuesta, por el ciudadano Gonzalo Alfonso Chacón Rodríguez, asistido por el abogado Jhoan José Cardenas Medina. TERCERO: ANULA las actuaciones que en ejecución de la sentencia revocada, se hayan realizado. CUARTO: ANULA la medida cautelar de “suspensión de la fase de ejecución” acordada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 27 de marzo de 2009. QUINTO: IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional incoada.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesotutela judicial efectivadesalojoreconvenciónsentencia revocada