Sentencia N° 1562 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1562, Exp. 25-0844, 09/10/2025
Expediente25-0844
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2025-10-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la constitucionalidad del Decreto N° 5.167, que prorroga el Estado de Emergencia Económica en Venezuela por sesenta días. Este decreto fue emitido por el Presidente Nicolás Maduro y busca atender la grave situación económica del país, permitiendo al Ejecutivo adoptar medidas urgentes para garantizar los derechos de la población. La decisión se fundamenta en la necesidad de enfrentar las circunstancias excepcionales que afectan la seguridad y bienestar de los ciudadanos.
Extracto de la motiva
Así entonces, conforme a las referidas normas constitucionales y legales, corresponde a esta Sala Constitucional revisar la constitucionalidad de los decretos que declaren estados de excepción dictados por el Presidente de la República; en razón de lo cual, esta Sala Constitucional resulta competente para pronunciarse sobre la constitucionalidad del Decreto N° 5.167 de fecha 8 de octubre de 2025, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 6.931 Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual Presidente de la República prorroga por sesenta (60) días la vigencia del Decreto 5.157, mediante el cual declaró el Estado de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico; remitido oportunamente a esta Sala. Así se declara. Verificada la competencia de esta Sala Constitucional respecto de la remisión oportuna efectuada por el ciudadano Presidente de la República, cumplidos los trámites correspondientes y estando dentro del lapso para dictar el fallo, corresponde analizar la constitucionalidad del Decreto N° 5.167 de fecha 8 de octubre de 2025, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.931. Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual Presidente de la República prorroga por sesenta (60) días la vigencia del Decreto 5.157, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico. En tal sentido, esta Sala Constitucional al pronunciarse sobre la constitucionalidad del Decreto N° 5.157, que declaró el Estado de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, mediante la sentencia N° 1460 del 11 de agosto de 2025, estableció, entre otras cosas, lo siguiente: ‘Al respecto, examinado el contenido del instrumento jurídico-constitucional remitido a esta Sala del Tribunal Supremo de Justicia, se observa sumariamente que se trata de un Decreto cuyo objeto es, a tenor de su artículo 1, que el Ejecutivo disponga de la atribución para adoptar las medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural por la cual atraviesa la economía venezolana, y que permita asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos y el libre acceso a bienes y servicios fundamentales, e, igualmente, mitigar los efectos de la guerra comercial, ocasionada por la política arancelaria del Gobierno de los Estados Unidos, que genera un gran riesgo de recesión mundial con el correspondiente desplome de los precios internacionales de las materias primas, incluyendo el petróleo y el gas, así como también contrarrestar los efectos de recientes acciones y amenazas de agresión económica contra Venezuela, mediante la adopción de nuevas medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas, dirigidas a reducir y limitar severamente los ingresos externos de la República con el objetivo de privar al pueblo venezolano del acceso a bienes esenciales para su subsistencia.
Dispositiva
Se declara la constitucionalidad del Decreto N° 5.167 de fecha 8 de octubre de 2025, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.931, Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual el Presidente de la República prorroga por sesenta (60) días la vigencia del Decreto N° 5.157.
Palabras clave
Estado de EmergenciaConstitucionalidadDecreto N° 5.167