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Reglamento de Internados Judiciales

GO 30.784 del 02-09-1975
Tipo de instrumentoREGLAMENTO
Gaceta Oficial30.784
Publicación02-09-1975
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaREGLAMENTARIO
Rama del derechoDerecho Penal
Artículos85
Órgano emisorPresidente de la República

Objeto de la ley

Corresponde al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio de Justicia, la creación, organización y el funcionamiento de los servicios carcelarios.

Resumen

El Reglamento de Internados Judiciales establece las normas para la creación, organización y funcionamiento de los servicios carcelarios en Venezuela. Se regula la reclusión de los internos, su tratamiento, derechos y deberes, así como las responsabilidades del personal encargado de su custodia y atención. Se busca garantizar la dignidad de los reclusos y su reintegración a la sociedad a través de programas educativos y laborales. Además, se establecen disposiciones sobre la asistencia médica, la vigilancia y el régimen interno de los internados.

Temas principales

ReclusiónDerechos de los reclusosAsistencia integralVigilanciaEducaciónTrabajoSaludDisciplinaNormas de conductaVisitas

Jurisprudencia que la aplica

Esta norma es citada por 12 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes:
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