DEROGADA desde 02-05-2012

Ley Orgánica de la Justicia de Paz

GO 4.817 Extraordinario del 21-12-1994
Tipo de instrumentoLEY_ORGANICA
Gaceta Oficial4.817 Extraordinario
Publicación21-12-1994
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaORGANICO
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos58
Órgano emisorCongreso de la República de Venezuela

Objeto de la ley

Esta Ley tiene por objeto regular todo lo relativo a la Justicia de Paz.

Resumen

La Ley Orgánica de la Justicia de Paz establece el marco normativo para la creación y funcionamiento de los Jueces de Paz en los municipios de Venezuela. Su objetivo es regular la resolución de conflictos y controversias en las comunidades vecinales, promoviendo la conciliación y la equidad. La ley detalla las competencias, atribuciones y procedimientos de los Jueces de Paz, así como las condiciones para su elección y remoción. Además, se establece la colaboración de los Concejos Municipales y otros organismos en la implementación de la justicia de paz, y se deroga la anterior ley sobre tribunales de paz.

Temas principales

Justicia de PazConciliaciónConflictos VecinalesAtribuciones de JuecesElección de JuecesProcedimientos Judiciales

Jurisprudencia que la aplica

Esta norma es citada por 73 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes:
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