Sentencia N° 1270 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de agosto de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1270, Exp. 24-0443, 06/08/2025
Expediente24-0443
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-08-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y el Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Parra Duarte. La Sala declaró su competencia para conocer del caso, dado que no existía un tribunal superior común a ambos. Se determinó que el tribunal competente para decidir la acción de amparo era el Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Extracto de la motiva

MOTIVACIONES PARA DECIDIR Una vez determinada su competencia, debe esta Sala conocer del conflicto de competencia planteado entre el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y el Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo de la misma Circunscripción Judicial, a los efectos de establecer a quien corresponde conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Juan Parra Duarte, antes identificado, actuando en su propio nombre y representación contra la Oficina de Registro Público del Tercer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Ahora bien, en el presente asunto se observa que la acción de amparo constitucional, fue incoada por la ciudadano Juan Parra Duarte, antes identificado, actuando en su propio nombre y representación contra la Oficina de Registro Público del Tercer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por presuntas vías de hecho al negarse a recibir los

Dispositiva

1.- Es COMPETENTE para resolver el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y el Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo de la misma Circunscripción Judicial, en la acción de amparo constitucional, incoada por el ciudadano JUAN PARRA DUARTE, actuando en su propio nombre y representación contra la Oficina de Registro Público del Tercer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. 2.- Que el tribunal COMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo interpuesta es el Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 3.- Se ORDENA remitir el expediente al Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

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