Promover e impulsar el bienestar de los centros poblados en las fronteras del país mediante un régimen especial de exoneración fiscal.
Resumen
El Decreto N° 2.173 establece un régimen especial de exoneración del pago de impuestos sobre la renta, impuesto al valor agregado e impuestos aduaneros para personas naturales y jurídicas que realicen actividades comerciales, de servicios y turísticas en los Municipios Bolívar, García de Hevia y Pedro María Ureña del Estado Táchira. Se busca estimular la inversión privada y mejorar la calidad de vida de los pobladores de estas zonas. El decreto detalla las condiciones y procedimientos para acceder a estas exoneraciones, así como las obligaciones de los beneficiarios.
Temas principales
Exoneración fiscalInversión en fronteraDesarrollo localActividades comercialesServicios turísticos
Jurisprudencia que la aplica
Esta norma es citada por 80 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes: