Decreto con Fuerza de Ley del Banco de Comercio Exterior (BANCOEX)
GO 37.330 del 22-11-2001
Tipo de instrumentoDECRETO_LEY
Gaceta Oficial37.330
Publicación22-11-2001
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaDECRETO_LEY
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos52
Órgano emisorPresidente de la República
Objeto de la ley
Crear el Banco de Comercio Exterior, banco de desarrollo, de capital mixto y con forma de compañía anónima, adscrito al Ministerio de la Producción y el Comercio.
Resumen
El Decreto con Fuerza de Ley del Banco de Comercio Exterior establece la creación de un banco de desarrollo con el objetivo de promover y financiar las exportaciones de bienes y servicios nacionales. Se regula su estructura, funcionamiento, capital, y las operaciones que podrá realizar, así como las prohibiciones y sanciones aplicables. El banco estará adscrito al Ministerio de la Producción y el Comercio y tendrá una duración de 50 años, prorrogable automáticamente. Se establecen disposiciones sobre la administración del banco, la participación de accionistas y la creación de un fondo para la promoción de exportaciones e inversiones.
Temas principales
Banco de Comercio ExteriorFinanciamientoExportacionesInversionesDesarrollo Económico
Jurisprudencia que la aplica
Esta norma es citada por 28 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes: