Sentencia N° 967 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de octubre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00967, Exp. 2023-0357, 26/10/2023
Expediente2023-0357
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAbstención
Fecha de la decisión2023-10-26
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda por abstención interpuesta por Rubén Alberto García, en representación de trabajadores, contra el Poder Ejecutivo Nacional por el incumplimiento del ajuste anual del salario mínimo vital correspondiente al año 2023. La Sala declaró su competencia para conocer la demanda, pero al revisar el expediente, determinó que la demanda era inadmisible por falta de documentación que acreditara las solicitudes previas al Presidente de la República. En consecuencia, se declaró inadmisible la demanda por abstención.

Extracto de la motiva

motivado a la violación persistente al referido derecho a un salario mínimo vital mensual suficiente y que debe ajustarse cada año en el marco del dialogo social y en dirección al trabajo decente, todo relacionado con los Artículos 19, 23, 25, 27, 28, 82, 83, 89 y 143 [de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela], que evite el constante deterioro del poder adquisitivo y que incide gravemente en el nivel de vida de todos y todas las personas que [viven] únicamente del trabajo en Venezuela”. (Sic). (Agregados de esta Sala). Arguyó que “(…) el Decreto N° 4.805 de la Gaceta N° 6.746 de fecha 1 de mayo de 2023, no cumple con lo establecido en el Artículo 91 de la Constitución, es una violación reiterada y flagrante de la facultades del Poder Ejecutivo sobre el derecho a un salario digno y suficiente que permita al trabajador o trabajadora vivir con dignidad y cubrir para sí y para su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales, así como el estado tampoco está garantizando el disfrute de un salario mínimo vital que tenga como referencia el costo de la canasta básica”. Solicitó se declare con lugar la demanda de autos “(…) y en consecuencia, se exhorte al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela que el marco de sus atribuciones responda las peticiones realizadas referente al ajuste cada año del Salario mínimo vital en el hacer Constitucional establecido en el Articulo 91, acción contada a partir de la publicación del Decreto N° 4.653, Gaceta N° 6.691 del martes 15 de marzo de 2022” y, “(…) se ordene el ajuste del salario mínimo vital mensual correspondiente al año 2023”. (Sic) (Negrillas del texto).

Dispositiva

1.- Su COMPETENCIA para conocer la demanda por abstención incoada por el abogado RUBÉN ALBERTO GARCÍA. 2.- INADMISIBLE la demanda por abstención incoada.

Palabras clave

abstenciónsalario mínimoPoder Ejecutivo Nacional

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