Sentencia N° 55 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de enero de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00055, Exp. 2008-0296, 19/01/2011
Expediente2008-0296
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-01-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Banesco Banco Universal, C.A. contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar el recurso de nulidad contra la Resolución N° 488.04 de la Superintendencia de Bancos. La Sala fundamenta su decisión en la inembargabilidad del salario y la pensión, así como en la falta de autorización expresa del cliente para realizar débitos en su cuenta nómina, lo que contraviene la normativa vigente y la protección de los derechos de los consumidores.

Extracto de la motiva

La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), mediante la Resolución N° 488.04 de fecha 6 de octubre de 2004, declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto el 9 de agosto del mencionado año, contra el oficio Nº SBIF-GGCJ-GLO-10749 del 23 de julio de 2004, a través del cual se instruyó a la recurrente, entre otras instituciones bancarias, a ‘…efectuar el reintegro de las cantidades debitadas al ciudadano Adafer Enrique Chirinos Quero, así como a abstenerse de efectuar débitos en las cuentas que revistan las características de ‘cuentas nóminas’, sean corrientes o de ahorro, que posean los trabajadores y en las cuales sean depositadas las cantidades de dinero correspondientes a sus sueldos, salarios, pensiones o jubilaciones, por cuanto dichos montos revisten un carácter constitucional y están (…) sujetas a protección…’. En consecuencia, analizados los elementos de hecho y de derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 456 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, quien suscribe.

Dispositiva

1. Declara SIN LUGAR el Recurso de Reconsideración interpuesto en fecha 9 de agosto de 2004, por Banesco, Banco Universal, C.A., contra el oficio Nº SBIF-GGCJ-GLO-10749 de fecha 23 de julio de 2004, con las consecuencias que de tal decisión se derivan, como son la plena vigencia del acto administrativo recurrido y la obligatoriedad de ejecución que reviste el mismo. 2. Ratificar el contenido del oficio Nº SBIF-GGCJ-GLO-10749 de fecha 23 de julio de 2004. 3. Notificar a Banesco, Banco Universal, C.A., de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 454 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras…”. (Sic).

Palabras clave

NulidadBanescoSUDEBANInembargabilidadCuentas Nómina

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