La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad interpuesto por Arvis Segundo Canelón, en su carácter de Procurador del Estado Lara, contra el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno. La sentencia destaca que la parte actora no presentó la información requerida en decisiones anteriores, lo que llevó a la Sala a considerar la posibilidad de decaimiento del objeto del recurso debido a la falta de interés procesal por parte del demandante en continuar con el juicio.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo, para lo cual se le conced[ió] diez (10) días de despachos contados luego de IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 11 transcurridos los cuatro (4) días continuos por el término de la distancia (…)”. (Mayúsculas del y resaltado del original, agregados de la Sala). El 7 de agosto de 2023, se libraron los oficios números 3022 y 3023 dirigidos a la Procuraduría General de la República como al Procurador del estado Lara, a los efectos de notificarle acerca de la indicada decisión.
Dispositiva
ORDENA OFICIAR a la PROCURADURÍA DEL ESTADO LARA, a objeto de que informe a esta Sala, si considera necesario continuar con el presente recurso de nulidad, a tal efecto se conceden cuatro (4) días continuos en razón del término de la distancia y diez (10) días de despachos a partir de que conste en autos su notificación.